El LIBRE EJERCICIO de una medida de acción directa se encuentra GARANTIZADO por nuestra Constitución Nacional, tratados internacionales y recomendaciones de la OIT. Por ello los trabajadores no pueden ser discriminados, hostigados, amenazados, suspendidos y/o despedidos por el ejercicio de dicho derecho.
Las situaciones denunciadas constituyen una injerencia directa de las patronales y el gobierno, tratando de evitar el éxito del PARO, por lo que EXIGIMOS el inmediato cese de dichas prácticas , adoptando todas las acciones sindicales, administrativas y/o judiciales que garanticen al colectivo de docentes de gestión privada, el libre ejercicio del derecho constitucional de huelga.
EN DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS LABORALES Y POR CONDICIONES DIGNAS DE TRABAJO
La Plata, 01 de septiembre de 2016
HORACIO FABIAN RODRÍGUEZ JUAN CARLOS CUYAS
SEC DE COMUNICACIÓN Y PRENSA SECRETARIO GENERAL
022315570075 SECCIONAL PROVINCIA DE BUENOS AIRES